Normativa aplicable y funciones

Información relativa a las funciones que desarrolla la Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana, la normativa que le resulta de aplicación y la estructura de los órganos de gobierno.

Normativa aplicable

Normativa estatal

  • Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
  • Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

Normativa autonómica

  • Ley 3/2015, de 2 de abril de la Generalitat, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 126/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana y de su Consejo
  • Corrección de errores del Decreto 126/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana y de su Consejo.

Normativa interna

Funciones del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana

Artículo 32. Funciones (Ley 3/2015, de 2 de abril de la Generalitat, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana)

1. Son competencias atribuidas al consejo, que las ejercerá directamente o a través de las correspondientes cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación, las siguientes:

a. Representar al conjunto de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de la Comunitat Valenciana ante las administraciones públicas, la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España y demás entidades, públicas o privadas, en el ámbito autonómico y estatal.

b. Impulsar, coordinar y dirigir las actuaciones comunes del conjunto de las cámaras en la Comunitat Valenciana. Esta función se ejercerá especialmente en los planes camerales de internacionalización y competitividad establecidos en los artículos 22 y 23 de la Ley 4/2014, Básica de las Cámaras Oficiales, así como de los que se pudieran derivar de las funciones público-administrativas contempladas en el artículo 3 de esta ley o en los planes que puedan desarrollarse para el conjunto de las cámaras de España, de acuerdo con la administración estatal, en cuanto afecte a la Comunitat Valenciana en su conjunto.

c. Realizar la función consultiva informando de los proyectos de normas emanados de la Generalitat que afecten directamente a los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, en los casos y con el alcance que el ordenamiento jurídico determine.

d. Colaborar con la Generalitat, en los supuestos en que sea requerido por la misma, informando o realizando estudios, estadísticas, proyectos, trabajos y acciones que favorezcan el desarrollo territorial y empresarial y la vertebración económica de la Comunitat Valenciana, especialmente cuando afecten a la ordenación del territorio, la localización y ordenación comercial e industrial, el turismo, el medio ambiente, el emprendimiento y la competitividad empresarial, la promoción exterior de la Comunitat Valenciana y las infraestructuras que contribuyan a mejorar la eficiencia empresarial.

e. Asesorar a la Generalitat en temas referentes al comercio, la industria, los servicios y la navegación, a iniciativa propia o cuando así sea requerido por la misma, así como proponerle cuantas reformas estime necesarias para la defensa y fomento de aquéllos.

f. En los supuestos y con las condiciones y alcance que establezca la Generalitat, le corresponderá, en su caso, tramitar programas públicos de ayudas e incentivos a las empresas, gestión de servicios públicos, desempeño de las funciones público-administrativas que se le atribuyan, encomienden o deleguen, y participar en aquellos proyectos de infraestructuras y servicios comunes que afecten al conjunto de la Comunitat Valenciana.

g. Participar y gestionar, en su caso, fondos de la Unión Europea dirigidos a la mejora de la competitividad de las empresas, el desarrollo territorial y la generación de riqueza y empleo en la Comunitat Valenciana.

h. Desempeñar actividades de mediación, así como de arbitraje mercantil, cuando por la naturaleza y el ámbito territorial de estas actividades sea requerido por las cámaras para ello y de conformidad con la legislación vigente.

i. Representar al consejo en el órgano superior de gobierno de las instituciones feriales, conforme a lo dispuesto en la correspondiente normativa.

j. Prestar otros servicios o realizar otras actividades, a título oneroso o lucrativo, que redunden en beneficio de los intereses representados por las cámaras que lo integran.

k. Cualquier otra función de carácter público-administrativo, que se le encomiende o delegue por la Generalitat.

2. Las funciones público-administrativas de ámbito autonómico serán atribuidas al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación y ejecutadas por cada cámara en su demarcación. El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana desempeñará las funciones generales de dirección, coordinación, control y evaluación de estas funciones público administrativas y establecerá los planes de trabajo necesarios para garantizar la adecuada coordinación de éstas, garantizando la eficacia, imparcialidad, transparencia y accesibilidad de las empresas de la Comunitat Valenciana a estos servicios con independencia de donde se localicen. El Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana o cualquier cámara de la Comunitat Valenciana podrán asumir la prestación directa de estas funciones público administrativas de conformidad con lo previsto en el ordenamiento jurídico.

3. Para el desempeño de estas funciones y previa autorización de la conselleria que ostente las competencias en materia de comercio, el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana podrá promover o participar en toda clase de asociaciones, fundaciones y sociedades civiles o mercantiles, así como establecer los oportunos convenios de colaboración.

Órganos de gobierno

Los órganos de gobierno y administración del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana son el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente.
No pueden formar parte de los órganos de gobierno y administración, ni ser nombrados, ni ocupar el puesto de Director o Directora General del Consejo quienes estén inhabilitados para empleo o cargo público.

  • El Pleno es el órgano superior de deliberación, representación y gobierno del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana.El pleno está compuesto por los presidentes de cada una de las cámaras que lo integran, y los vocales, en número no superior a quince, que son designados por los plenos de las mismas, de entre sus miembros, en la forma y número de representantes por cámara que reglamentariamente se determine, teniendo en cuenta para fijarlo el número de empresas, número de empleados y aportación al PIB de la Comunitat que corresponda a cada una de las demarcaciones. Asiste al pleno con voz y sin voto el director general del consejo.La designación de los miembros de pleno del consejo se realiza por los plenos de cada una de las cámaras.Corresponderá al pleno del Consejo:

a. Aprobar el reglamento de régimen interior y sus modificaciones.
b. Aprobar el presupuesto y su liquidación.
c. Designar los representantes del consejo en los distintos organismos.
d. Nombrar y cesar al director general del consejo.
e. Informar previamente sobre la integración de cámaras.
f. Crear comisiones consultivas.
g. Elaborar ponencias.
h. Aprobar y modificar la plantilla de personal.
i. Autorizar convenios o actos de disposición en los supuestos que reglamentariamente se determinen.
j. Y aquellas otras que se prevean en su reglamento de régimen interior.

 

MIEMBROS DEL PLENO

Presidente:

D. José Vicente Morata Estragués

Tesorera:

Dª Dolores Guillamón Fajardo

Vicepresidente 1º:

D. Carlos Baño Marhuenda

Vicepresidente 2º:

D. Pablo de Gracia Pérez

Vicepresidente 3º:

D. Mario Martínez Murcia

 

Vocales:

D. Jesús Navarro Alberola

Dª Eva Miñano Gómez

Dª Mª José Rocamora Cañizares

D. Rafael Hierro Martín

D. César Quintanilla Ripol

Dª María del Carmen Miralles Fabregat

D. Ignacio Ferrer Ros de Ursinos

Dª Mª José Mainar Puchol

D. Vicente Folgado Tárrega

D. Jose Bernardo Noblejas Pérez

D. Manuel Espinar Robles

D. Manuel García Portillo

Dª Pau Villalba Magraner

D. José Luis Beltrán López

Dª Emi Boix García

 

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

Titular: Secretaria Autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

Sra. Maria Empar Martínez Bonafé

Suplente: Directora General de Comercio, Artesanía y Consumo.
Sra. Rosa Ana Seguí Sanmateu

Directora General del Consejo de Cámaras de Comercio de la Comunitat Valenciana.
Dª Lourdes Soriano Cabanes

El Comité Ejecutivo es el órgano de gestión, administración y propuesta del Consejo de Cámaras de la Comunitat Valenciana.Está compuesto por los presidentes de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y, en su caso, Navegación de la Comunitat Valenciana. Y asistido por el Director General del Consejo con voz y sin voto.De entre ellos el Pleno del Consejo designará un Presidente, Vicepresidentes y Tesorero, que lo serán también del Pleno.Le corresponde la elaboración del reglamento de régimen interior del Consejo, la elaboración de los presupuestos y de sus liquidaciones, acordar la adquisición o cualquier otro acto de disposición relativo a inmuebles, valores y operaciones de crédito, así como la aprobación de contratos en el importe que reglamentariamente se determine.El comité ejecutivo puede delegar en el Presidente, Vicepresidentes o en el Director General determinadas atribuciones según se establezca reglamentariamente.

 

 

MIEMBROS DEL COMITÉ EJECUTIVO

Presidente:

D. José Vicente Morata Estragués

Tesorera:

Dª Dolores Guillamón Fajardo

Vicepresidente 1º:

D. Carlos Baño Marhuenda

Vicepresidente 2º:

D. Pablo de Gracia Pérez

Vicepresidente 3º:

D. Mario Martínez Murcia

 

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

Titular: Secretaria Autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

Sra. Maria Empar Martínez Bonafé

Suplente: Directora General de Comercio, Artesanía y Consumo.
Sra. Rosa Ana Seguí Sanmateu

Directora General del Consejo de Cámaras de Comercio de la Comunitat Valenciana
Dª Lourdes Soriano Cabanes

El Presidente ostentará la representación del Consejo, la presidencia de todos sus órganos colegiados, las relaciones institucionales, la firma de convenios y será responsable de la ejecución de los acuerdos.Le corresponde la toma de decisiones en materia económica del Consejo, la expedición de libramientos y órdenes de pago y cobro, y la determinación de las necesidades materiales y de personal para el funcionamiento del Consejo.Puede asumir las competencias y funciones que el Comité Ejecutivo o el Pleno le otorgue para el buen funcionamiento del Consejo y el desarrollo eficaz de sus funciones.Tiene voto de calidad en las votaciones del Comité Ejecutivo y del Pleno, para los supuestos de empate en la votación.

Organigrama